martes, 13 de diciembre de 2016

PREVARICACIONES Y MAFIAS

El diccionario de la lengua española define prevaricación como “delito consistente en dictar a sabiendas una resolución injusta una autoridad, un juez o un funcionario”.

El tipo de prevaricación administrativa previsto en el art. 404 CP dispone que “a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años”.

Los requisitos de la prevaricación administrativa

1) Sujeto: Que se trate de autoridad o funcionario público en los términos del art. 24 CP. Aunque se trata de un delito especial propio ello no impide la participación (la intervención) de extraños (de “extraneus” en términos de la jurisprudencia) por lo que resulta posible la participación en la prevaricación de quienes no reúnen la condición ni de autoridad ni de funcionario, y su intervención lo será a título de cooperador necesario, de inductor  o de cómplice.

2) Objeto: Que la resolución sea contraria a derecho. Porque se haya dictado sin tener la competencia legalmente exigida, bien porque no se hayan respetado las normas más esenciales de procedimiento, bien porque el fondo de la misma contravenga lo dispuesto en la legislación vigente o suponga una desviación de poder.

3) Arbitrariedad: No es suficiente, para incurrir en prevaricación administrativa, que la resolución sea contraria a derecho (el control de legalidad Administrativa corresponde al orden Contencioso-Administrativo). Para que constituya delito se requiere que sea injusta (“a sabiendas de su injusticia”), lo que supone un “plus” de contradicción con el derecho. Es preciso que la ilegalidad sea “evidente, patente, flagrante y clamorosa”. El art. 404 CP dispone que ha de tratarse de “una resolución arbitraria” (SSTS de 5 de marzo de 2003 –Rec. Casación 3197/2001– y de 30 de abril de 2012 –Rec. Casación 1257/2012–).

4) Realizada con conocimiento: Se requiere, por último, que actúe a sabiendas “lo que no solo elimina la posibilidad de comisión culposa sino también seguramente la comisión por dolo eventual”  (SSTS de 30 de abril de 2012 –Rec. Casación 1257/2012–, de 15 de julio de 2013 – Rec. Casación 1216/2012– y de 23 de septiembre de 2013 – Rec. Casación 1921/2012–).


El delito de prevaricación administrativa puede ser cometido tanto por acción como por omisión (art. 10 CP) y la responsabilidad criminal puede producirse por la participación tanto a título de autor como de cómplice (art. 27 CP).

En el delito de prevaricación administrativa son autores, en sentido estricto, los cargos públicos que dictan las resoluciones administrativas a sabiendas de su injusticia.

Los funcionarios públicos que tienen asignadas las funciones de fiscalización pueden intervenir en los delitos de prevaricación administrativa tanto de forma activa como de forma pasiva, elaborando documentos o incumpliendo el deber de de hacerlo.

Es cierto que en ocasiones se ha reconocido la posibilidad de prevaricación omisiva, si bien ha sido de forma excepcional en los supuestos en que el funcionario tenía la obligación de emitir la resolución y su omisión tenía efectos equivalentes a una denegación (por equiparación del acto presunto a una resolución expresa en los términos establecidos por la LRJ – PAC) dado que esa omisión llevada a cabo por el funcionario constituye, en sí misma, la resolución prevaricadora (“cabe incurrir en responsabilidad por prevaricación en su modalidad de comisión por omisión, cuando es imperativo realizar una determinada actuación administrativa y su omisión tiene efectos equivalentes a la denegación” señala el Acuerdo del Pleno de la Sala de lo Penal del TS y recogen las SSTS de 16 de octubre de 2009 –Rec. Casacion 2097/2008– y de 23 de octubre de 2013 –Rec. Casación 161/2013–).

Para el resto de los casos la participación se produce a título de complicidad omisiva, en especial en aquellos casos en los que la persona (funcionario) que omite su obligación tiene atribuida la función de garante, de manera que es su omisión la que permite, facilita o favorece que se produzca la prevaricación administrativa, para lo cual es necesario que se favorezca la prevaricación, que exista esa voluntad de favorecerla y que se incumpla la obligación que se le atribuye como garante (SSTS de 13 de octubre de 1999 – Rec. Casación 837/1998– y de 9 de enero de 2013 – Rec. Casación 10339/2009).

Resulta posible la intervención en la prevaricación administrativa de sujetos en quienes no concurre la condición de autoridad o funcionario público, pero no como autores. Se trata de cómplices que muestran la voluntad de cooperar en o, incluso, la de inducir a esa prevaricación (SSTS de 9 de junio de 2007 –Rec. Casación 245/2006– y de 21 de mayo de 2012 –Rec. Casación 1803/2011–).


Para finalizar este texto hemos de decir que el delito de prevaricación queda consumado cuando se dicta la resolución injusta, sin que sea preciso que ésta genere determinados perjuicios personales o materiales para terceros, pues el art. 404 del C. Penal tutela, como ya hemos indicado anteriormente, el correcto ejercicio de la función pública de acuerdo con los principios constitucionales que orientan su actuación, y garantiza el debido respeto, en el ámbito de la función pública, al principio de legalidad como fundamento básico de un Estado social y democrático de derecho frente a ilegalidades severas y dolosas. 

Por lo tanto, es claro que una vez dictada la resolución arbitraria ya resulta lesionado el bien jurídico, al quedar menoscabado el ejercicio de la función pública de acuerdo con el principio de legalidad y los restantes principios exigibles por la Constitución en un Estado de derecho. 

Sin que sea preciso, con arreglo a la redacción del art. 404 del C. Penal, que la resolución injusta se ejecute y materialice en actos concretos que determinen un perjuicio tangible para un ciudadano determinado o un ámbito específico de la Administración, por lo que no resulta fácil encontrar  en la práctica ni en la jurisprudencia casos concretos de tentativa, que solo podrían darse en supuestos extraordinarios en que la conducta típica de dictar la resolución se mostrara fragmentada en su perpetración. 


Por lo tanto, cuando la jurisprudencia utiliza la expresión "daño material" con referencia al delito de prevaricación se está refiriendo al mero hecho de dictar la resolución prevaricadora por el efecto lesivo que genera en el bien jurídico tutelado, sin que se precise que, a mayores, la ejecución de la resolución cause perjuicios materiales concretos a ciudadanos determinados o a la Administración Pública

jueves, 8 de diciembre de 2016

HOY A "MÁS" DE UNO LE HA SORPRENDIDO UNA NOTICIA DEL CANARIAS 7

 

Algo más de un año de trabajo han dado sus frutos. A algunos les vamos a tener que cambiar los pañales, debido a que no esperaban que todo esto sucediera, todo lo contrario, ellos querían continuar saltándose las leyes por la cara.



Y la Ley está para cumplirla, ya seas PEPITO o JUANITO, está para cumplirla. Lo que te puedo asegurar a ti, sí, justamente a tí y lo sabes, que esto es sólo un primer paso, ahora esperamos la llegada del tsunami, del terremoto que acaba de ocurrir.

Existen funerarias que ahora se quieren salir por la tangente con cosas cómo "YO NO SABÍA QUE ERA ILEGAL", cuándo desde un principio, han estado llevando cadáveres de sus clientes a dicho tanatorio ilegal, silenciándole ésta circunstancia a los familiares de los difuntos y a las compañías aseguradoras.

Hemos llegado hasta un punto dónde, de la noche, a la mañana, se ha puesto a la venta, alguna funeraria. ¿Motivos?, ya les diremos cuándo lo sepamos realmente, pero es mucha casualidad.

Compañías Aseguradoras con las cuales desde éste blog nos hemos puesto en contacto y no se han dignado ni contestar, luego , el que calla, otorga. Esperemos que cuándo se empiecen a definir totalmente los cadáveres que han sido utilizados para prácticas sin permiso de las familias, entonces y sólo entonces, es cuándo tendrán que dar muchas explicaciónes a sus clientes.

En dicho tanatorio ilegal, aunque más bien, diría yo CLANDESTINO, se han estado efectuando embalsamamientos de cadáveres, los cuales han sido utilizados para impartir clases de TANATOPRAXIA, TANTO-ESTÉTICA y EMBALSAMAMIENTO, a unos alumnos de la delegación en Las Palmas de Gran Canaria, de la empresa madrileña TANATOMADRID, a los cuales les han cobrado 1.500 euros por barba y siendo utilizado un "presunto falso profesor" como se expone en los diplomas que reparten, un tal, VICTORIANO VALIDO.
Yo no miento, ahí dice "PROFESOR VICTORIANO VALIDO"

Lo más bonito de todo esto, es que el "falso profesor" y la empresa madrileña, ahora se echan las culpas el uno al otro, vamos, que juegan al ping-pong y para más recochineo todos los alumnos están con las clases a medias.

Ya tenemos muchas manifestaciones, documentos (recibos), de los alumnos, para reclamar el dinero de las clases, aunque debo recordarles a ustedes que una alumna ya ha recibido tódo su dinero integro, 1.500 €, gracias a nuestra labor. Las que deseen recuperarlo, ya saben lo que tienen que hacer.

Lo más alocado del tema, es que el citado "falso profesor" imparte clases a unos alumnos, mientras él estaba recibiendo clases para obtener el titulo o certificado profesional para ejercer como TANATOPRACTOR, entenderán ustedes que esto es la pescadilla que se muerde la cola, está claro que no tiene título, para ejercer dicha docencia. Además, que las prácticas de ése curso que ha tenido que cumplir, se han efectuado en un tanatorio legal, pero habría que preguntarse si los familiares de ésos difuntos sabían que estaban siendo utilizados para practicar con ellos, que es otra cosa que habrá que preguntar al responsable de dicho tanatorio.

Existen otras preguntas aún más estrambóticas y se la envío directamente al "presunto" médico que certifica los embalsamamientos, ilegales totalmente, que se han efectuado en el tanatorio clandestino referenciado:




¿ES USTED CONOCEDOR DESDE SU PRIMERA CERTIFICACIÓN DE EMBALSAMAMIENTO, QUE LAS ADMINISTRADORAS DEL TANATORIO ILEGAL INCUMPLÍAN TODAS LAS NORMATIVAS ADMINISTRATIVAS?

¿ESTUVO USTED PRESENTE MIENTRAS SE EFECTUABAN LOS EMBALSAMAMIENTOS, PARA PODER CERTIFICARLOS?

¿PERMITIÓ USTED QUE SE EFECTUARAN EMBALSAMAMIENTOS EN UN LUGAR NO ACONDICIONADO PARA EL MISMO, COMO DEJÓ CLARA LA NÓ AUTORIZACIÓN DE SANIDAD?

La cosa está muy clara, las ratas ya empiezan huir del barco que se hunde, verdad que si ¿Carlota?, pero eso no te exime de responsabilidad, que la tenías, tienes y mucha.

sábado, 3 de diciembre de 2016

TE LO DIJE HACE DÍAS EN OTRO POST Y CON UNA IMAGEN, EN LA HOYA NO SE METE LA P.....A

Una cosa que nunca he podido comprender y mucho menos aceptar, es el motivo por el cual alguien que se auto-define como docente, puede "presuntamente" liarse con algunas de sus alumnas. En USA, éso, se castiga con cinco años de prisión mínimo. Aquí no pasa nada, hasta que pasa.

Ésas clases impartidas unos dias a todas juntas y otros dias a "alguna de ellas" en "privado", desconocemos por ahora, si la clase privada fue de prácticas o teóricas, solo pueden terminar en un caos. Y mucho más cuando algunas alumnas se dan cuenta que el "profe" les pone los cuernos "a todas con todas"salvo alguna excepción, debido a que aún quedan mujeres con la "DIGNIDAD"suficiente y necesaria que hay que tener y no perder.


Está claro, a éstos elementos les pierde la bragueta. Y si encima se va con falsas promesas de trabajo a unas chiquillas que lo necesitan, se llega a situaciones escandalosas. Donde denigrar a una mujer se convierte en una posición de poder, del clásico y falso "presunto empresario".

Yo, personalmente, les aconsejaría a "ésas alumnas", que presten atención, que el "MACHOTE" no le hace ascos a nada. A éste "presunto" sinvergüenza le ponemos una vaca con una tentación y sale detrás de ella. No hay nada peor en un ser humano, que encima de viejo, sea viejo-verde y salido de rosca.

Lo que les refiero en los párrafos anteriores es solo un prólogo de lo que a continuación les expongo, debido a que la historia dió comienzo allá por el 2014 y más o menos ocurrió de la siguiente manera.

Había una vez un "presunto" empresario que en sus ansias de ganar dinero y no bastándole con ahorrarse las cotizaciones a la seguridad social de sus "trabajadores", él quería más y más dinero, aunque fuese a costa de algunos parados en busca de soluciones de futuro. Realmente hay que tener muy poca conciencia y ser un sátrapa esclavista, para llegar a estas actuaciones.


El "presunto empresario" se buscó a una parejita con ansias de ganar dinero fácil y se montaron una "TRAVESÍA" donde celebrar por la cara y cobrando, sus especiales eventos de los "MIÉRCOLES DE CENIZAS". Un negocio sin futuro que ya nacía muerto, al fallar "DON DINERO". 

Entonces deciden la "parejita" y el "presunto empresario", transformar su "TRAVESÍA" en un "MINI-TANATORIO", dentro del barrio de, como dice nuestra canción:

"QUE DEMONIOS TIENES,
GUANARTEME, TÚ,
QUE NO SABE NADIE
DÓNDE COÑO ESTÁS"

La "parejita" tira hacia adelante, sin un duro, creyéndole al "presunto empresario" su experiencia en el sector. Todo se empieza, engañando a cualquiera que se ponga delante, pero la administración, sorprendida con la catadura inmoral de éstos dos presuntos, les deniega todo lo solicitado allá por Abril del 2.015.

Ya por esas fechas, el "presunto empresario", estaba en conversaciones con unos madrileños para formar laboralmente a estudiantes en una profesión, que por mucho que quieran, las vacantes laborales son muy pocas o totalmente nulas hasta dentro de por lo menos 15, o, 20 años.

El "presunto empresario" engañó a los madrileños y éstos tragaron, poniendo una oficina con una empleada en la capital de ésta isla. La cosa iba funcionando para el "presunto empresario" y ahora le urgía un local donde dar las clases teóricas y prácticas. Convenció a otros empresarios del sector erigiéndose en lider de la manada. Se dice por ahí y se rumorea, que cada empresario ha tenido que desembolsar 6.000 euros por "unas presuntas titulaciones que son falsas", que ya, hablaremos, en su momento, de ellas.

Continuemos, los madrileños se lanzaron a pecho descubierto y la respuesta fue inmediata, había mucha gente deseando entrar en el sector y con una titulación aparentemente "oficial", claro, que para ello, los madrileños pedían 1.500 euros por curso, además unos curso rapiditos, cuatro meses, cuánto más rápidos mejor, que ellos, ponían al frente de todo ello, al "presunto empresario" ahora adaptado como "presunto profesor", un líder que "presuntamente no da de alta en la seguridad social" a sus trabajadores.

Ante la avalancha de alumnos, la "parejita" y el "presunto empresario" se vuelven locos en busca de una nave industrial dónde construir un local con buena apariencia desde dónde engañar a unos y otros, ya sean empresas o alumnos. Les cuesta mucho, los propietarios de las naves, están muy quemados y antes de soltar en alquiler una nave industrial, miran con lupa quién va a ser el inquilino y éstos no dan la imagen necesaria para confiar en ellos. Cuando las cosas y los deseos no están avaladas con el dinero necesario, pues no caminan y es lo que ha ocurrido con la triste parejita.

Mientras, el "presunto empresario", ahora transformado en "presunto y falso profesor", ya ha empezado a dar clases teóricas en su misma oficina los Lunes y los Miércoles, mientras las clases prácticas las efectúa en un lugar público propiedad del ayuntamiento, con una deuda contraída del alquiler, que no paga desde hace trece años, y sin que el Ayuntamiento tenga conocimiento de ello ¿?. 

Pero al fin, allá por Septiembre de 2015, encuentran a quién engañar y consiguen la nave industrial (de ella ya hablaremos en su momento, debido a que yo aún no tengo muy claro éste asunto en cuestión). 

Ante la publicación en los medios de que el "presunto empresario" reconvertido de la noche a la mañana en "presunto profesor", estaba utilizando un lugar público para beneficiarse económicamente y careciendo de todos los permisos, privados y públicos para ejercer de profesor y cuando se enteraron, varias compañías de seguros de lo que ocurría, se vio obligado a dejar de prestar ésas clases prácticas en el lugar público y apurar a sus "presuntas socias" en la apertura de la nueva nave industrial, que a todas luces era ilegal.

Claro que al no poder impartir las clases prácticas, ni en el local propiedad del ayuntamiento de Telde, ni en la nave en construcción en el municipio de Las Palmas de Gran Canaria, el alumnado empezó a quejarse, aunque por parte del "presunto empresario" travestido de "presunto profesor", se empezó a dar largas y culpar a los medios de lo que ocurría.

El "presunto empresario" y "presunto profesor", ante las exigencias de los alumnos, les dijo que él estaba autorizado para ejercer la docencia y los alumnos creyeron en él. Decía que le acusaban de manipular el material de las prácticas, que los propietarios de dicho material no sabían que se estaban utilizando. Creyó él, que con éso lo solventaba todo, pero los problemas cada día se hacían más grandes. Los alumnos veían como dejaban de dar clases prácticas por falta de material y del lugar donde hacerlas, llegándose en algun momento a efectuar "presuntamente" prácticas en un garaje.

Al "presunto empresario" travestido en "presunto profesor", las cosas se le van poniendo cuesta arriba. El "presunto profesor", se nos matricula en una academia para sacarse el título "oficial" de las clases que imparte a unos alumnos que han abonado 1.500 euros cada uno. REPITO, por si alguno no lo ha pillado:

A LA VEZ QUE SE MATRICULA PARA SACARSE UN TÍTULO OFICIAL, ÉL ESTA IMPARTIENDO CLASES DE LO MISMO QUE ESTÁ ESTUDIANDO.

¿Es raro?, pues no, queridos lectores, para él esto es otra jugada más que si nadie se entera pues mejor, la pena, para él, es que yo me entero de todo y me descojono ante éstas burdas tretas. 

Durante estos meses desde Marzo a Noviembre, los asuntos del "presunto profesor y presunto empresario", han ido cuesta abajo y sin frenos. Tenemos un sin fin de alumnas que se quejan de las atenciones que reciben unas y otras, las diferencias que hace entre ellas, llegando a dar clases particulares y privadas a más de una. Todo esto, le ha llevado a que el gallinero se le ha revolucionado y las gallinas ya empiezan a cacarear, cosas, que de momento, yo no estoy autorizado a exponer aquí.

Lo mismo que digo una cosa, también digo otra, y es que ha habido alumnas que su DIGNIDAD  como mujeres, no les ha permitido aceptar lo que estaban viendo y han optado por dejar el curso, aunque hayan perdido el dinero abonado para tal fin.

La revolución del gallinero, le ha llevado a separarse de su esposa, historia que ha contado detalladamente a sus alumnos. Alumnos de diferentes lugares de la isla que han acudido a clase teórica y se han encontrado con que la oficina estaba cerrada. Que les han dicho que se estaba adecuando la misma para impartir las clases, pero cuando han vuelto a abrir, todo estaba igual que antes, por lo tanto, una mentira más.

A los alumnos, se les cuenta que las clases están suspendidas hasta que la nave industrial se termine, lo que no les dicen, es que nunca se abrirá, pero empiezan a dar clases teóricas y prácticas ilegales con material ilegal dentro de la nave industrial, para evitar que los alumnos denuncien ésta "presunta" estafa. Con ello, ganan semanas, pero simplemente éso, más semanas y días, y dar largas, al asunto.

Los alumnos se asustan cuando leen en la prensa escrita, la situación real de la nave industrial y empiezan a negarse a pagar sus cuotas, se unen y se dirigen al local de los "madrileños", donde les dan largas y de la noche a la mañana no les abren las puertas y no les contestan al teléfono.

A los "madrileños", las cosas, no les pintan bien y deciden hacer una reunión con todos los alumnos, en la nave industrial, comentándoles que asistirá un directivo de sus central en Madrid. A dicha reunión, no acudieron todos los alumnos, muchos de ellos ya llevaban un año p´alante y p´atrás, estando ya cansados de tanta tomadura de pelo. 

Con lo que llevan ustedes leído de éste post, no se sorprenderán en absoluto, cuando escriba lo siguiente. ¿QUIÉN FUE EL DIRECTIVO DE LA CENTRAL DE MADRID?

EL MARIDO O PAREJA DE LA TELEFONISTA DE LA OFICINA DE LAS PALMAS

jejeje.....que no tiene que ver en absoluto, con ningún directivo de la central madrileña. Hasta ése punto han llegado a recurrir, para intentar aplacar la ira de  los alumnos. Lo dicho, la tomadura de pelo es de libro. En la reunión no se aclaró nada, y todo sigue igual, además, se dice, que la policia, pasa por la nave industrial, un par de veces al día a vigilar.

Los madrileños dicen, que la culpa es del "presunto profesor" y el "presunto profesor", que la culpa es de los madrileños.

Sin ningún permiso legal, la nave industrial abre el 25 de agosto de 2016, debido a que los "otros socios" del "presunto empresario", presionan y las clases prácticas, e ilegales, vuelven a impartirse. Ésos alumnos han sido carne de matadero desde el principio y han sido vilmente engañados, no tienen solución alguna, que reclamen sin miedo, que luchen contra los abusos laborales y educativos, debido a que la titulación que les van a dar no sirve absolutamente para nada.

Y por si no lo sabias, "presunto empresario", en el "PROTOCOLO"  de toda empresa seria, hay un dicho que se basa en la ética y la moral al igual cómo si fuera una bandera, que no deben faltar nunca, por lo tanto, a los "presuntos empresarios" como tú, sencillamente decirles -(DE LA OLLA QUE HAS DE COMER, LA PO.....A, NO HAS DE METER)-, realmente eres más corto que el rabo de una boina y encima vas de "presunto catedrático" das pena.

A ustedes, alumnos, solo decirles que se dejen de culos y tetas, que ya está bien. A ése tipo de "presunto empresario" y "presunto profesor", hay que ponerlos en su sitio. No se puede consentir que, "presuntamente" quién te da clases "particulares", encima te asegure que te va a dar trabajo, a sabiendas de que éso es incierto, es un bulo. ¿Qué buscan.....? Recuperen algo..... al menos la ¡¡DIGNIDAD!!


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